Obtención de premios

Si ganas rifas, sorteos, loterías o concursos.

Lo esencial

Es específico para las Personas Físicas que obtienen ganancias o beneficios económicos a través de la participación en rifas, sorteos, loterías o concursos públicos. Si alguna vez te ganas la lotería, un coche en una rifa o un premio en un concurso, los ingresos que recibas por ello están sujetos a este régimen.

Aplicable a Premios por Sorteos, Loterías y Concursos
Este régimen cubre explícitamente los premios derivados de:
  • Loterías (Nacional, Pronósticos, etc.), Rifas, Sorteos, Concursos de todo tipo (programas de televisión, promociones comerciales, etc.), siempre que sean públicos y con permiso de la autoridad correspondiente.
Tributación sobre el Ingreso Bruto del Premio
A diferencia de otros regímenes donde se grava una "ganancia" o se permiten deducciones, en los premios, el impuesto se calcula generalmente sobre el monto total del premio (ingreso bruto), sin posibilidad de deducir gastos para su obtención.

Excepciones o particularidades

Si los premios son por concursos científicos, artísticos o literarios (abiertos al público o a cierto gremio), a menudo están exentos de ISR, siempre que no sean de carácter comercial y el concurso haya sido aprobado por la autoridad competente.

Si el premio es en especie (un coche, una casa), el organizador del concurso deberá calcular el impuesto sobre el valor de avalúo del bien y enterarlo al SAT, y a menudo el ganador debe cubrir ese monto de impuesto para recibir el premio.

En resumen

Si te ganas un premio en un sorteo, lotería o concurso, la entidad que te lo entrega se encargará de retener el ISR correspondiente (generalmente una tasa combinada federal y estatal) y este pago será, en la mayoría de los casos, el impuesto final por ese ingreso. Esto simplifica tu cumplimiento fiscal al recibir un premio.

¿Este régimen es para mí?

Sigue el diagrama para saber si este régimen corresponde a tu situación.

Desliza el diagrama para verlo completo ›

Diagrama de decisión del régimen Obtención de premios
Ver diagrama en tamaño completo ›

Usos de CFDI

Las claves que puedes usar al solicitar una factura en este régimen.

  • D01Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
  • D02Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
  • D03Gastos funerales
  • D04Donativos
  • D05Intereses reales efectivamente pagados por creditos hipotecarios ( casa habitación )
  • D06Aportaciones voluntarias al SAR
  • D07Primas por seguros de gastos médicos
  • D08Gastos de transportación escolar obligatoria
  • D09Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones
  • D10Pagos por servicios educativos ( colegiaturas )

Deducciones personales

Gastos que puedes restar de tus ingresos en tu declaración anual para pagar menos impuestos.

Gastos médicos

Por consultas con tu nutriólogo, dentista o psicólogo, gastos hospitalarios siempre y cuando se hayan recibido dentro de la institución, análisis clínicos y de laboratorio, compra o alquiler de aparatos de rehabilitación y prótesis, honorarios de enfermeras (sueldo), lentes oftálmicos para corregir defectos visuales hasta por $2,500.

Gastos funerarios

Aquellos efectuados para tu cónyuge o concubino (a) así como para padres, abuelos, hijos y nietos.

Donativos

Cuando decidas realizar una aportación a una institución autorizada para ello, el monto de ese donativo no deberá superar el 7% del total de tus ingresos.

Créditos hipotecarios

Intereses reales por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con el Infonavit o Fovissste, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.

Aportaciones de retiro

Son deducibles aquellas aportaciones complementarias de retiro (Afore) o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias con un monto máximo del 10%.

Primas por seguros de gastos médicos

Podrás deducir aquellos pagos que efectúes por un seguro complementario o independiente a los brindados por las instituciones públicas de salud.

Transporte escolar

Podrás hacer efectiva su deducción cuando de manera obligatoria se requiera el uso de este servicio y sea señalado dentro del comprobante correspondiente.

Colegiaturas

Son deducibles los pagos por servicios educativos con los siguientes topes: Preescolar: $14,200, Primaria: $12,900 Secundaria: $19,900, Profesional técnico: $17,100, Bachillerato o su equivalente: $24,500.

Considera que el monto total de tus deducciones no puede exceder de cuatro salarios mínimos elevados al año (102,346.00 pesos) o el equivalente al 10% de tus ingresos totales.

¿Tienes otra duda sobre tu régimen?

Acércate a los que saben. Somos Contabilidad Integral.

Escríbenos por WhatsApp