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Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras

Este régimen aplica a empresas (Personas Morales) que se dedican exclusivamente a:

Actividades Agrícolas: Cultivo de la tierra (siembra, cosecha de frutas, verduras, granos, etc.).

Actividades Ganaderas: Cría y engorda de ganado (vacuno, porcino, avícola, apícola, etc.), así como la primera enajenación de sus productos (leche, lana, huevos, etc.).

Actividades Silvícolas (Forestales): Cultivo o explotación de bosques y selvas, incluyendo la extracción de sus productos (madera, resina, etc.).

Actividades Pesqueras: Cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de especies marinas y de agua dulce, así como la captura y extracción de las mismas.

Importante: Para estar en este régimen, al menos el 90% de sus ingresos deben provenir directamente de estas actividades. Si tienen ingresos significativos de otras fuentes (como un negocio de venta de ropa), es probable que caigan en el Régimen General de Ley.

¿Qué Obligaciones Tienen?

Emisión de CFDI (Facturas): Emitir facturas electrónicas por sus ventas y por los gastos que realicen.

Inscripción en el RFC: Estar registradas y actualizadas en el Registro Federal de Contribuyentes.

Contabilidad: Deben llevar un sistema de contabilidad, aunque la ley permite ciertas simplificaciones si sus ingresos no son muy elevados.

Declaraciones Mensuales: Presentar declaraciones de IVA (si sus operaciones lo gravan) y pagos provisionales de ISR (si superan los límites de exención).

Declaración Anual: Es obligatoria y se presenta en marzo del año siguiente al ejercicio fiscal. Aquí se aplica la exención y la reducción del ISR.

Retenciones: Si pagan sueldos, honorarios, arrendamiento, etc., deben retener el ISR correspondiente.

¿Por Qué Estar en Este Régimen?

Menor Carga Fiscal: El principal beneficio son las importantes exenciones y reducciones en el ISR, lo que les permite reinvertir más en sus operaciones.

Apoyo al Sector Primario: Es un esquema que busca apoyar financieramente a los productores del campo y del mar.

Simplificación (Relativa): Aunque implica obligaciones contables y fiscales, el cálculo del ISR es más favorable y en algunos aspectos más sencillo que el del Régimen General.

Tienes alguna otra duda sobre tu regimen?

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