El régimen fiscal de Ingresos por Intereses se refiere a la forma en que las Personas Físicas deben tributar por el dinero que obtienen como rendimiento o ganancia de inversiones, depósitos o créditos. En pocas palabras, si tienes dinero guardado en el banco, invertido en la bolsa, en bonos, o si prestas dinero y cobras un interés, los rendimientos que recibes por esos conceptos están sujetos a este régimen.
Aplicable a diversas fuentes de ingreso: Este régimen abarca los intereses que recibes de:
Cuentas de ahorro, inversiones a plazo fijo o a la vista en bancos (Cetes, bonos, etc.).
Sociedades de inversión (fondos de inversión).
Contratos de arrendamiento financiero (cuando eres el arrendador y cobras intereses).
Préstamos que otorgues a terceros y por los cuales cobres intereses.
Cualquier otro tipo de inversión que genere un rendimiento financiero.
Retención por parte de la institución financiera: En la mayoría de los casos (especialmente con bancos y casas de bolsa), la institución que te paga los intereses está obligada a retenerte un porcentaje del capital que generó los intereses (una tasa baja fijada anualmente por la Ley de Ingresos de la Federación) o del interés real, y enterarlo al SAT a tu nombre. Esta retención actúa como un pago provisional de tu ISR.
Posibilidad de no presentar Declaración Anual (en ciertos casos): Si tus ingresos anuales por intereses son menores a $100,000 pesos y no tienes otros ingresos acumulables (o si estos no te obligan a presentar anual), podrías no estar obligado a presentar Declaración Anual por tus intereses. En este caso, la retención que te hizo la institución se considera el pago definitivo. Sin embargo, es recomendable revisar tu situación fiscal completa.
Cálculo del "Interés Real": Para efectos fiscales, no siempre se grava el interés nominal que te pagan. La ley considera el "interés real", que es el rendimiento que excede a la inflación. Esto es beneficioso, ya que no pagas impuestos sobre la parte de tus intereses que solo compensa la pérdida de poder adquisitivo del dinero. La institución financiera te proporcionará este dato en tu constancia fiscal.
En resumen, si obtienes rendimientos de tus inversiones o capital, el régimen de Ingresos por Intereses te permite tributar por esas ganancias. Lo más común es que la institución financiera te retenga un porcentaje como pago provisional, y luego tú deberás considerar esos ingresos en tu Declaración Anual para calcular el impuesto definitivo, pudiendo acreditar las retenciones y aplicar deducciones para optimizar tu carga fiscal.
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